Copiamos la información aparecida en el Diario HOY, (28 de Abril de 2016).
"El
Pleno de la Asamblea de Extremadura ha aprobado hoy (Jueves, 28 de
abril de 2016) la ley que regula el régimen sancionador en materia de
espectáculos públicos y actividades recreativas en la región, que
establece sanciones de entre 100 y 60.101 euros y pone fin al vacío
legal que existía en esta materia en la Comunidad Autónoma.
Además
de las multas económicas, la ley -que ha contado con el apoyo del PSOE, Podemos
y C's y la abstención del PP- fija sanciones que implican la suspensión
temporal de las licencias o autorizaciones hasta dos años por
infracciones muy graves.
Según
esta normativa, son casos graves la celebración de eventos sin licencia o
comunicación previa, o cuando excedan los límites establecidos.
De
igual forma se considera la admisión de público por encima del número máximo
correspondiente al establecimiento.
Si
en esos supuestos hay riesgo para la vida o la integridad física de las
personas, la infracción pasa a ser muy grave.
También
son casos graves la celebración del evento quebrantando la prohibición de
suspensión ordenada por la autoridad por razones distintas a las de seguridad
pública, la carencia o funcionamiento incorrecto de las medidas de seguridad
obligatoria o la comisión de una tercera infracción leve de la misma naturaleza
dentro de un año.
Todos
los partidos han coincidido en la necesidad de poner fin al vacío legal que
existe en este área, aunque el diputado PP Saturnino López Marroyo ha
justificado el abstención de su grupo porque consideran necesaria una norma
"más amplia e integral" para incluir toda la normativa referida a
esta materia.
Ha
lamentado además que llega tarde, dado que Extremadura es la "última"
CCAA en legislar en esta materia, lo que ha supuesto la anulación de más de 500
denuncias a bares por incumplimiento del horario de cierre.
La
socialista María de los Ángeles Ugalde ha recriminado a los populares que no
presentaran ninguna enmienda al texto y ha lamentado su abstención pese a que
se trata de una ley "útil para toda la sociedad".
Con
ella, ha subrayado, se busca hacer compatibles intereses "en pugna",
tales como el ocio, el descanso y la actividad del sector de los espectáculos
públicos y las actividades recreativas.
Por
su parte, el diputado de Podemos Daniel Hierro ha valorado la idoneidad de esta
norma para evitar que se repitan situaciones "muy graves" de
anulación de multas a establecimientos públicos por vacío legal, algo en lo que
ha coincidido la portavoz de C's, María Victoria Domínguez, al aplaudir que se
ponga fin a esta laguna reguladora y se otorguen competencias a las
administraciones local y regional en materia sancionadora.
En
la exposición de motivos de la ley se justifica su necesidad por el vacío
normativo existente y a fin de velar por el buen orden de estos espectáculos y
la protección de las personas y bienes fuera de los supuestos contemplados en
la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección a la seguridad ciudadana.
La
ley consta de trece artículos, integrados en cuatro capítulos, una disposición
adicional y una final.
El
Capítulo I establece el objeto y ámbito de aplicación de la ley, la normativa
reguladora del procedimiento sancionador a seguir, así como ciertos aspectos de
la fuerza probatoria de los hechos constatados por agentes de la autoridad y de
los sujetos responsables de las infracciones administrativas contempladas en el
cuerpo legal.
El
II recoge el catálogo de infracciones administrativas en esta materia, su
calificación y los plazos de prescripción.
En
el tercero se establecen las sanciones administrativas que se pueden imponer y
los criterios de graduación y plazos de prescripción.
El
Capítulo IV delimita la competencia de las administraciones competentes para
imponer las correspondientes sanciones."
En el HOY (29 de Abril de 2016) vuelve a aprecer la noticia que aparece en la imagen.
En el HOY (29 de Abril de 2016) vuelve a aprecer la noticia que aparece en la imagen.